Comprar un coche o una moto de segunda mano no termina con la firma del contrato. Para que el vehículo figure legalmente a nombre del comprador, hay que solicitar el cambio de titularidad ante la Dirección General de Tráfico y presentar la documentación adecuada. Prepararla antes de iniciar el trámite evita requerimientos, desplazamientos innecesarios y retrasos.

Respuesta rápida: para transferir un vehículo entre particulares necesitas el contrato de compraventa, la identificación del comprador, el justificante de pago, exención o no sujeción del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y la tasa de la DGT. Si haces el trámite presencialmente, también debes presentar el impreso oficial de cambio de titularidad. Si lo haces online, necesitarás identificación electrónica y copias digitalizadas legibles.

Documentación necesaria para una transferencia ordinaria

La documentación para transferir un vehículo depende del canal elegido. La DGT permite realizar el trámite por internet o presencialmente, pero no solicita exactamente lo mismo en ambos casos.

Documento o requisitoTransferencia onlineTransferencia presencial
Contrato de compraventa o facturaDebe adjuntarse digitalizado y firmado en todas sus hojas. Si vende una empresa en el ejercicio de su actividad, se aporta la factura.Debe presentarse firmado. La DGT indica que puede no ser necesario si el impreso oficial está firmado tanto por comprador como por vendedor, aunque conviene conservarlo como prueba de la operación.
Solicitud oficial de cambio de titularidadLos datos se cumplimentan dentro del servicio electrónico.Debe presentarse el impreso oficial cumplimentado y firmado por comprador y vendedor.
Identificación del compradorSe accede con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.Debe mostrarse un documento oficial que acredite identidad y domicilio.
Justificante fiscalDebe adjuntarse el modelo 620 o 621 y el justificante de pago, exención o no sujeción. Si la liquidación es telemática, conviene conservar el Código Electrónico de Transferencia.Debe aportarse una copia del modelo correspondiente y su justificante.
Tasa de la DGTPuede pagarse durante la solicitud o asociarse una tasa abonada previamente.Puede llevarse el justificante de una tasa ya pagada o abonarse con tarjeta en la oficina. La DGT no admite efectivo.
Documento de representaciónEs necesario cuando el trámite lo realiza otra persona en nombre del interesado.Debe acreditarse la representación mediante el registro de apoderamientos o el modelo de autorización admitido por la DGT.

Comprueba tus documentos antes de iniciar el trámite

Comprobación previa

¿Está listo tu expediente?

Confirma cada punto y el comprobador te indicará cuánto has avanzado y cuál debería ser tu siguiente paso.

0 /7

Empieza por el contrato

Todavía no has confirmado ninguna de las siete comprobaciones básicas.

Siguiente paso: completa el contrato con los datos de las partes y del vehículo.

Qué debe incluir el contrato de compraventa

El contrato identifica la operación y fija el momento en el que se entrega el vehículo. Debe recoger el nombre o razón social y el DNI, NIE o CIF de comprador y vendedor; la marca, el modelo y la matrícula del vehículo; el precio acordado; y la fecha y la hora de la firma. Tanto el comprador como el vendedor deben firmar cada hoja.

Incluir la hora exacta no es un detalle menor. Permite determinar desde qué momento cada parte asume sus responsabilidades si se produce una multa, un siniestro o cualquier otra incidencia el mismo día de la venta. La DGT también recomienda que el comprador conserve una copia del documento de identidad del vendedor.

Qué justificante fiscal hay que presentar

En una compraventa entre particulares, el comprador debe justificar ante la DGT que ha liquidado el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en la comunidad autónoma donde tenga su domicilio fiscal. Según el procedimiento habilitado por cada administración autonómica, se utiliza el modelo 620 o el modelo 621.

No siempre existe una cantidad que ingresar, pero incluso cuando la operación esté exenta o no sujeta hay que disponer del documento que lo acredite. Si el vendedor es una empresa o un profesional que transmite el vehículo dentro de su actividad, se presenta la factura correspondiente en lugar de tratar la operación como una compraventa ordinaria entre particulares.

Antes de presentar la solicitud: comprueba que los nombres, los documentos de identidad, la matrícula, el precio y la fecha coincidan en el contrato, el justificante fiscal y la solicitud.

¿Hay que presentar el permiso de circulación y la ficha técnica?

El permiso de circulación y la tarjeta ITV forman parte de la documentación del vehículo y deben quedar en poder del nuevo titular. Sin embargo, no aparecen como archivos independientes dentro del listado actual de documentación que la DGT exige adjuntar para una transferencia ordinaria online ni entre los documentos que enumera para el trámite presencial.

Esto no significa que puedan ignorarse. El estado administrativo y técnico del vehículo condiciona el resultado del trámite. La DGT expedirá un nuevo permiso de circulación a nombre del comprador, pero este solo será válido si la ITV está en vigor. Si la inspección está caducada, el cambio de titularidad puede tramitarse, aunque el vehículo no podrá circular hasta superarla.

Cómo presentar la documentación

Transferencia por internet

Accede al servicio con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Cumplimenta la solicitud, paga o identifica la tasa y adjunta el contrato o la factura junto con el justificante del impuesto. Los archivos deben estar completos, ser legibles y mostrar todas las firmas. Las empresas y demás personas jurídicas deben utilizar el canal electrónico.

Transferencia presencial

Solicita cita previa en una Jefatura u Oficina de Tráfico y presenta el impreso oficial, la identificación del comprador, el documento que acredita la transmisión, el justificante fiscal y la tasa. Si actúa un representante, debe acreditarse la autorización.

Documentación adicional en situaciones especiales

La compraventa ordinaria no cubre todos los cambios de titularidad. Si el vehículo se recibe de otra forma o presenta una incidencia registral, hay que completar el expediente con documentos específicos.

El vehículo se transmite mediante donación

El documento de transmisión debe indicar expresamente que se trata de una donación. También hay que adjuntar el justificante de pago, exención o no sujeción del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la comunidad autónoma de quien recibe el vehículo.

El vehículo procede de una herencia

El adjudicatario debe acreditar la herencia y aportar el justificante del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La documentación concreta depende de si ya existe un heredero definitivo o solo se va a comunicar un custodio provisional.

El cambio deriva de una separación o divorcio

Debe presentarse el documento que acredita la adjudicación del vehículo, como el convenio regulador acompañado de la resolución judicial o el documento notarial correspondiente.

El vehículo tiene una reserva de dominio

La reserva debe cancelarse previamente en el Registro de Bienes Muebles o el comprador debe aportar el documento de subrogación financiera. Sin una de estas soluciones, no podrá completarse el cambio de titularidad.

El vehículo tiene un embargo o un precinto

El comprador debe firmar un documento que acredite que conoce la situación, o esta debe constar claramente en el contrato. Si existe un precinto, no se expedirá un permiso que permita circular hasta que se cancele.

El vehículo procede de Canarias, Ceuta o Melilla

Cuando el destino sea la Península o Baleares, debe aportarse el Certificado de Importación H1 que acredita el despacho en Aduanas y abonarse la anotación correspondiente.

Requisitos del vehículo antes de presentar la documentación

Tener todos los documentos no garantiza que la transferencia vaya a completarse. El vehículo debe estar en situación de alta administrativa, tener pagado el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del año anterior y no acumular sanciones asociadas al vehículo pendientes de pago. Una reserva de dominio, un embargo o un precinto también puede impedir o condicionar el trámite.

Antes de comprar, es recomendable solicitar un informe reducido de la DGT. Si aparece una incidencia, el informe detallado permite conocer su causa y comprobar si es necesario cancelar una carga o aportar una declaración adicional.

Plazo para entregar la documentación y cambiar la titularidad

El comprador dispone de un máximo de 30 días desde la firma del contrato para solicitar el cambio de titularidad. El vendedor, por su parte, debería realizar la notificación de venta inmediatamente después de entregar el vehículo. Esta comunicación permite dejar constancia de la operación y reduce el riesgo de que sigan atribuyéndosele sanciones mientras el comprador completa la transferencia.

Errores que suelen retrasar una transferencia

ErrorCómo evitarlo
El contrato solo está firmado en la última página.Comprueba que comprador y vendedor hayan firmado todas las hojas.
Los datos no coinciden entre documentos.Revisa nombres, identificación, matrícula, precio y fecha antes de liquidar el impuesto.
El impuesto se presenta en una comunidad incorrecta.Liquídalo en la comunidad correspondiente al domicilio fiscal del comprador.
Los archivos están cortados o son ilegibles.Digitaliza todas las páginas completas y verifica que los datos y las firmas puedan leerse.
Existe una reserva de dominio no detectada.Solicita un informe del vehículo antes de cerrar la compra.
Un representante actúa sin autorización.Formaliza la representación antes de iniciar el trámite.

Transferencia de vehículos

Preguntas frecuentes

Resolvemos las principales dudas sobre la documentación para transferir un vehículo, los impuestos, los plazos y los requisitos de la DGT.

¿Es obligatorio presentar el contrato de compraventa?

Para realizar la transferencia online debe adjuntarse el contrato firmado o la factura. En el trámite presencial puede no ser necesario cuando la solicitud oficial está firmada por comprador y vendedor. Aun así, conviene conservarlo para acreditar el precio, la fecha, la hora y las condiciones de la operación.

¿Necesito una copia del DNI del vendedor?

La DGT recomienda que el comprador conserve una copia del DNI, NIF o tarjeta de residencia del vendedor. En el trámite presencial, el documento exigido para acreditar la identidad y el domicilio es el del comprador.

¿Qué modelo se utiliza para pagar el ITP?

Debe presentarse el modelo 620 o el modelo 621, según el procedimiento establecido por la comunidad autónoma donde el comprador tenga su domicilio fiscal. También debe conservarse el justificante de pago, exención o no sujeción.

¿Se puede transferir un vehículo sin la ITV en vigor?

El cambio de titularidad puede tramitarse, pero el nuevo permiso de circulación solo será válido cuando el vehículo tenga la ITV vigente. Hasta superar la inspección, el vehículo no podrá circular.

¿Cuánto tiempo tiene el comprador para hacer la transferencia?

El comprador dispone de un plazo máximo de 30 días desde la firma del contrato de compraventa para solicitar el cambio de titularidad ante la DGT.

¿Hace falta cita previa para presentar la documentación?

Sí, cuando el trámite se realiza presencialmente en una Jefatura u Oficina de Tráfico. La transferencia online no requiere cita previa.

¿Puede una gestoría presentar la documentación?

Sí. Una gestoría puede encargarse de revisar el contrato, liquidar los impuestos y tramitar el cambio de titularidad, siempre que el interesado firme las autorizaciones de representación necesarias.

¿La documentación es la misma para un coche y una moto?

La documentación básica es la misma para una transferencia ordinaria. Lo que puede variar es la tasa aplicable y la documentación adicional cuando existe una situación especial.