Comprar un coche o una moto de segunda mano no termina con la firma del contrato. Para que el vehículo figure legalmente a nombre del comprador, hay que solicitar el cambio de titularidad ante la Dirección General de Tráfico y presentar la documentación adecuada. Prepararla antes de iniciar el trámite evita requerimientos, desplazamientos innecesarios y retrasos.
Documentación necesaria para una transferencia ordinaria
La documentación para transferir un vehículo depende del canal elegido. La DGT permite realizar el trámite por internet o presencialmente, pero no solicita exactamente lo mismo en ambos casos.
Comprueba tus documentos antes de iniciar el trámite
Qué debe incluir el contrato de compraventa
El contrato identifica la operación y fija el momento en el que se entrega el vehículo. Debe recoger el nombre o razón social y el DNI, NIE o CIF de comprador y vendedor; la marca, el modelo y la matrícula del vehículo; el precio acordado; y la fecha y la hora de la firma. Tanto el comprador como el vendedor deben firmar cada hoja.
Incluir la hora exacta no es un detalle menor. Permite determinar desde qué momento cada parte asume sus responsabilidades si se produce una multa, un siniestro o cualquier otra incidencia el mismo día de la venta. La DGT también recomienda que el comprador conserve una copia del documento de identidad del vendedor.
Qué justificante fiscal hay que presentar
En una compraventa entre particulares, el comprador debe justificar ante la DGT que ha liquidado el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en la comunidad autónoma donde tenga su domicilio fiscal. Según el procedimiento habilitado por cada administración autonómica, se utiliza el modelo 620 o el modelo 621.
No siempre existe una cantidad que ingresar, pero incluso cuando la operación esté exenta o no sujeta hay que disponer del documento que lo acredite. Si el vendedor es una empresa o un profesional que transmite el vehículo dentro de su actividad, se presenta la factura correspondiente en lugar de tratar la operación como una compraventa ordinaria entre particulares.
¿Hay que presentar el permiso de circulación y la ficha técnica?
El permiso de circulación y la tarjeta ITV forman parte de la documentación del vehículo y deben quedar en poder del nuevo titular. Sin embargo, no aparecen como archivos independientes dentro del listado actual de documentación que la DGT exige adjuntar para una transferencia ordinaria online ni entre los documentos que enumera para el trámite presencial.
Esto no significa que puedan ignorarse. El estado administrativo y técnico del vehículo condiciona el resultado del trámite. La DGT expedirá un nuevo permiso de circulación a nombre del comprador, pero este solo será válido si la ITV está en vigor. Si la inspección está caducada, el cambio de titularidad puede tramitarse, aunque el vehículo no podrá circular hasta superarla.
Cómo presentar la documentación
Documentación adicional en situaciones especiales
La compraventa ordinaria no cubre todos los cambios de titularidad. Si el vehículo se recibe de otra forma o presenta una incidencia registral, hay que completar el expediente con documentos específicos.
Requisitos del vehículo antes de presentar la documentación
Tener todos los documentos no garantiza que la transferencia vaya a completarse. El vehículo debe estar en situación de alta administrativa, tener pagado el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del año anterior y no acumular sanciones asociadas al vehículo pendientes de pago. Una reserva de dominio, un embargo o un precinto también puede impedir o condicionar el trámite.
Antes de comprar, es recomendable solicitar un informe reducido de la DGT. Si aparece una incidencia, el informe detallado permite conocer su causa y comprobar si es necesario cancelar una carga o aportar una declaración adicional.
Plazo para entregar la documentación y cambiar la titularidad
El comprador dispone de un máximo de 30 días desde la firma del contrato para solicitar el cambio de titularidad. El vendedor, por su parte, debería realizar la notificación de venta inmediatamente después de entregar el vehículo. Esta comunicación permite dejar constancia de la operación y reduce el riesgo de que sigan atribuyéndosele sanciones mientras el comprador completa la transferencia.
Errores que suelen retrasar una transferencia
Transferencia de vehículos
Preguntas frecuentes
Resolvemos las principales dudas sobre la documentación para transferir un vehículo, los impuestos, los plazos y los requisitos de la DGT.
¿Es obligatorio presentar el contrato de compraventa?
Para realizar la transferencia online debe adjuntarse el contrato firmado o la factura. En el trámite presencial puede no ser necesario cuando la solicitud oficial está firmada por comprador y vendedor. Aun así, conviene conservarlo para acreditar el precio, la fecha, la hora y las condiciones de la operación.
¿Necesito una copia del DNI del vendedor?
La DGT recomienda que el comprador conserve una copia del DNI, NIF o tarjeta de residencia del vendedor. En el trámite presencial, el documento exigido para acreditar la identidad y el domicilio es el del comprador.
¿Qué modelo se utiliza para pagar el ITP?
Debe presentarse el modelo 620 o el modelo 621, según el procedimiento establecido por la comunidad autónoma donde el comprador tenga su domicilio fiscal. También debe conservarse el justificante de pago, exención o no sujeción.
¿Se puede transferir un vehículo sin la ITV en vigor?
El cambio de titularidad puede tramitarse, pero el nuevo permiso de circulación solo será válido cuando el vehículo tenga la ITV vigente. Hasta superar la inspección, el vehículo no podrá circular.
¿Cuánto tiempo tiene el comprador para hacer la transferencia?
El comprador dispone de un plazo máximo de 30 días desde la firma del contrato de compraventa para solicitar el cambio de titularidad ante la DGT.
¿Hace falta cita previa para presentar la documentación?
Sí, cuando el trámite se realiza presencialmente en una Jefatura u Oficina de Tráfico. La transferencia online no requiere cita previa.
¿Puede una gestoría presentar la documentación?
Sí. Una gestoría puede encargarse de revisar el contrato, liquidar los impuestos y tramitar el cambio de titularidad, siempre que el interesado firme las autorizaciones de representación necesarias.
¿La documentación es la misma para un coche y una moto?
La documentación básica es la misma para una transferencia ordinaria. Lo que puede variar es la tasa aplicable y la documentación adicional cuando existe una situación especial.



